"REGLAMENTO PARA ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES"
Se consideran actividades extraescolares aquellas que necesiten utilizar horas fuera del horario lectivo. Dichas actividades estarán encaminadas a potenciar la apertura de la Escuela a su entorno y a procurar la formación integral del alumnado en aspectos referidos a la ampliación de su horizonte cultural, la preparación para su inserción en la sociedad o el uso del tiempo libre.
Tendrán carácter obligatorio para todos los alumnos y alumnas de la PREFECO CP. GILBERTO MARTÍNEZ G. o bien, pueden constituirse como una alternativa para lograr cubrir su tiempo de Servicio Social (6 semestres).
La actividad extraescolar en la PREFECO "GILBERTO MARTÍNEZ G", además de ser un requisito para que el alumno obtenga el certificado de conclusión de estudios del nivel medio superior, es una actividad que complementa su formación.
La no acreditación de alguno de los semestres deberá ser solicitada como examen extraordinario para tener el derecho a presentar la evaluación de la actividad en el período correspondiente.
En caso de que la actividad elegida por el alumno tenga un horario los días sábados deberá de cumplir con sus responsabilidades. Cualquier otra actividad no programada por la institución y elegida por el alumno, no será sujeto de justificación para su ausencia, o en su defecto deberá cambiar de actividad perdiendo el beneficio de liberación de servicio social por actividad extraescolar.
El padre o tutor del alumno (a) tiene la obligación de reportar a esta institución el estado de salud del alumno (a) (enfermedades crónicas, degenerativas, congénitas; lesiones graves y embarazo en el caso de las mujeres), deslindando de cualquier responsabilidad a la escuela.
I. Los alumnos que participen en las actividades extraescolares basarán su inclusión en los siguientes criterios:
1) Estar Inscrito en el periodo lectivo correspondiente.
2) Dominio específico de la actividad.
3) Formar parte de la actividad extraescolar en cuestión.
4) Aceptar y sujetarse a la disciplina y lineamientos que marque el responsable de la actividad, tales como vestuarios, instrumentos, uniformes, ensayos, etc.
5) Asistir de manera obligatoria a las presentaciones agendadas por el profesor y/o dirección de la escuela.
II. El Profesor responsable de la actividad, en acuerdo con el presidente de la academia y la subdirección académica de la institución, aceptará participar en las presentaciones a donde sean invitados los grupos después de analizar los elementos que a continuación se citan:
1) Departamento(s), organismo o Institución que promueve(n) la actividad.
2) Alumnos a los que va dirigida.
3) Objetivos.
4) Horario y lugar en el que se desarrollará.
5) Medio de transporte.
6) Recursos a utilizar
7) Análisis del costo-beneficio de la participación.
8) Formato de permiso del padre de familia o tutor con su copia del Identificación oficial
9) Entregar una reseña de su participación en los diversos eventos con un máximo de tres días después la misma.
III. Queda prohibido:
1) Utilizar la actividad y a los alumnos como medio de lucro personal y/o institucional.
2) Involucrar a los alumnos en actividades que pongan en riesgo su integridad física y/o emocional.
3) Utilizar la actividad como forma de diversión insana al ingerir alcohol, drogas, etc., dentro y fuera de las instalaciones de nuestra Escuela y de los lugares donde se tenga participación.
4) Integrar a personas ajenas a la institución o a alumnos que no pertenezcan a la actividad en este tipo de diligencias.
5) Integrar ex alumnos las actividades dado que su compromiso es con los alumnos inscritos.
6) Integrar a los alumnos en actividades asociadas a organismos de índole político, religioso, ideológico o similar.
IV. De las sanciones
1) Corresponde a las autoridades educativas decidir sobre las sanciones correspondientes ante las faltas cometidas apegándose al reglamento escolar.
bueno eso es todo espero y les sirva de algo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario